Testamento y Certificado de Actas de Última Voluntad
¿Qué es el certificado de actos de última
Es el documento que acredita si una persona
ha otorgado testamento y ante qué notario/a
o notarios/as. De esta manera, los herederos
podrán dirigirse al notario autorizante del
último testamento y obtener una copia
autorizada.
Aunque se sepa que la persona difunta ha
otorgado testamento, este certificado sigue
siendo necesario. Para la realización de
cualquier acto sucesorio.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona, siempre que presente los
documentos requeridos.
¿Cómo tramitarlo?
Por Internet
Si dispone de certificado electrónico de
usuario lo puede tramitar a través de la sede
electrónica del Ministerio de Justicia.
Presencialmente o por correo postal
La solicitud se efectuará obligatoriamente a
través del Modelo 790, que se puede
descargar de la web del Departamento de
Justicia u obtener gratuitamente los
siguientes lugares:
- Las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
- Registros Civiles de España.
- En Madrid en la Oficina Central de Atención al Ciudadano.
Además de la solicitud deberá presentar el
certificado literal de defunción, que deberá ser
original o fotocopia compulsada, expedida por
el Registro Civil correspondiente a la localidad
en la que la persona haya muerto, y en el que
deberá constar necesariamente el nombre de
los padres del fallecido.
Nota importante: Si la fecha de fallecimiento
es posterior al 2 de abril de 2009 y el
fallecimiento no está inscrito en el juzgado de
paz, no es necesario presentar el certificado
de defunción.
En este caso es imprescindible consignar el
DNI/NIE del fallecido en la solicitud (si carece
de NIE, el número de pasaporte o, en caso de
no tenerlo, el de otro documento de identidad
de su país origen).
Enlaces importantes:
Enlace: Registro Civil.
Enlace: Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia.
Enlace: Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia.
¿Dónde debe presentarse?
El formulario de últimas voluntades se puede
presentar de forma presencial en el Registro
de Actos de Última Voluntad (Madrid), ante
cualquiera de las gerencias del Ministerio de
Justicia o por correo.
Enlaces importantes:
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